Si te han echado o no te pagan, los plazos son muy cortos y corren desde ya. Esto es lo primero que tienes que saber.
Desde que te entregan la carta de despido tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero el plazo es de caducidad: pasado, se acabó, por muy injusto que fuera el despido.
Guardar la carta de despido y contar los días. Tienes 20 hábiles para presentar la papeleta de conciliación. Trae la carta, tus nóminas y el contrato y en una consulta te digo si el despido es improcedente y qué te correspondería.
Con carácter general, 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Los contratos anteriores a febrero de 2012 tienen un tramo a 45 días. Depende de tu antigüedad y tu salario real, no solo del que figure en nómina.
Sí. Se puede reclamar cantidad estando dentro de la empresa, y en casos graves de impago se puede pedir la extinción del contrato con derecho a la indemnización de un despido improcedente.
Si tienes horario, herramientas de la empresa y un solo cliente que te dirige, puede ser un falso autónomo. Se puede reclamar la laboralidad y las cotizaciones que no se han pagado.
La primera consulta no se cobra. Si veo que tu caso no tiene recorrido, te lo digo y ya está: prefiero perder una consulta que meterte en algo que no va a ningún sitio.
Dime cuándo te viene bien y te llamo yo.
Esta página explica cuestiones generales y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto.